La Superintendencia de Industria y Comercio inició investigaciones y formuló pliego de cargos contra las compañías responsables de las plataformas Uber, Didi y Cabify en Colombia por supuestamente haber infringido el régimen de protección de la competencia y de competencia desleal administrativa al haber promovido la prestación de servicios de transporte en contravía y cumplimiento de la regulación del sector y en condiciones que habrían generado ventajas competitivas en beneficio de los prestadores que están vinculados a las plataformas.
Indica la superintendencia que las investigaciones se enmarcarán en un análisis sobre el respeto a las normas que protegen la libre y leal competencia y agrega que por ende, el procedimiento no se centrará en establecer si las plataformas prestan directivamente el servicio de transporte, ya que, afirma, esto no se relaciona con el objetivo de las situaciones administrativas.
La SuperIndustria señala que de manera preliminar, consideró que las empresas investigaciones habrían promovido la prestación ilegal de servicios de transporte al haber ejercido una influencia determinante en la organización, planificación y prestación de esos servicios mediante conductores y vehículos no autorizados.
Lo anterior porque las plataformas harían posible la prestación de los servicios y se encargarían de determinar aspectos fundamentales como el cálculo de la tarifa, la administración del sistema de recaudo, la fijación de la comisión de la plataforma, y la determinación de los ingresos de los conductores. Todo lo anterior sería indicativo de la influencia fundamental de las plataformas, que no se limitarían a un simple rol de intermediación.
La superintendencia advierte que el incumplimiento de la regulación del sector transporte habría generado ventajas competitivas para las plataformas y los conductores que prestan el servicio a través de ellas. En particular, les habría permitido acceder a la prestación del servicio sin cumplir las condiciones para esto, definir la capacidad transportadora disponible, establecer la localización geográfica de los servicios, calcular las tarifas y no incurrir en los costos de acceder y permanecer en el mercado.
Finalmente indica que estas ventajas competitivas se habrían obtenido frente a los demás oferentes quienes, cumpliendo la regulación, enfrentarían costos que los posibles infractores de la norma no asumirían. En adición, la infracción podría poner en riesgo la seguridad e integridad de los usuarios, pues la regulación también está orientada a garantizar condiciones adecuadas para la prestación del servicio.
Fuente: Radio Santafé
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